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Las futuras mamás que trabajamos de forma autónoma también tenemos derecho a la baja maternal. Es una de las dudas más frecuentes que solemos tener casi desde el primer momento que nos enteramos de un embarazo.

La preocupación de saber si tendremos prestación económica al igual que el resto de mujeres que trabajan por cuenta ajena es algo muy habitual y por eso queremos despejar todas las dudas a todas las que vais a ser madres.

La baja maternal es igual para las trabajadoras autónomas aunque con algunos matices diferentes.

Baja de maternidad para autonomas

Requisitos imprescindibles para solicitar la baja de maternidad

La Seguridad Social en España concede la prestación económica por baja maternal a las mamás que desempeñen su trabajo por cuenta propia siempre y cuando:

  • Estén dadas de alta y afiliadas a la Seguridad Social en el régimen que corresponda
  • Haber pagado las cuotas mensuales o, en caso de no estar al corriente de los pagos, hacerlo en un plazo de 30 días antes de solicitarla.
  • Tener un mínimo de días cotizados que varía en función de la edad de las mujeres, siendo indispensable solo para aquellas mayores de 21 años. En el caso de las mujeres entre 21 y 26 años, los días cotizados exigidos son 90 en los 7 años anteriores o 180 días en todas su vida laboral. Para las mayores de 26, se piden 180 días cotizados en los 7 años anteriores o 360 mínimos en toda la vida laboral.

Duración de la baja maternal de las autónomas

Otra de las dudas frecuentes de las futuras mamás que trabajan como autónomas es si cobrarán lo mismo y por el mismo tiempo que el resto de mujeres.

La buena noticia para todas vosotras es que el tiempo establecido como baja maternal es el mismo para todas las mujeres: 16 semanas ininterrumpidas por norma general.

A estas se suman 2 semanas más por cada hijo en caso de parto múltiple o gemelar. En casos de bebes prematuras o que necesiten más de 7 días de hospitalización el plazo puede alargarse hasta un máximo de 13 semanas más.

¿Cuánto voy a cobrar por la baja maternal siendo autónoma?

Otra cosa fundamental es el importe de la prestación económica por descanso maternal. Aquí, las futuras madres están de suerte porque la cantidad es del 100% de la base reguladora que se tenga en el momento de solicitar la baja.

(Aquí podéis ver las diferentes bases de los autónomos)

Por tanto, cuanto más paguéis de base de cotización más alta será vuestra prestación por maternidad.

Un consejo desde la UPTA (Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos) es que si tenemos previsto un embarazo podemos subir nuestra base de cotización un año antes para así cobrar más en la baja maternal.

Baja maternidad

¿Cuál es el plazo de una autónoma para pedir la baja maternal?

La baja maternal de una trabajadora autónoma debe solicitarse al médico de cabecera y se debe entregar en la Seguridad Social en los 15 días siguientes al cese de la actividad.

En la web de la Seguridad Social podéis descargar la documentación necesaria para solicitar la baja maternal.

 

Y, ¿si no he cotizado lo suficiente?

Hay veces que la futura mamá no lleva cotizando como autónoma el tiempo suficiente requerido para cobrar la prestación por maternidad.

Sin embargo, para ellas existe el subsidio por maternidad. Esta ayuda supone el 100% del IPREM diario (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) vigente en el momento de solicitarlo.

Su duración será de 42 días naturales a contar desde el día del parto que pueden incrementarse en 14 más en casos como partos múltiples o familias monoparentales, entre otros.

Podéis acceder a toda la información sobre este subsidio si estáis en esta situación laboral.

¿Cuánto tienes que pagar a la Seguridad Social por un sustituto?

Muchas veces las madres autónomas no pueden cerrar su empresa o abandonar del todo su actividad y necesitan un trabajador que las sustituya durante su baja.

En este caso las mujeres tenemos una serie de ventajas que suponen la bonificación del 100% tanto de los seguros sociales como las cuotas de autónoma del trabajador contratado durante las 16 semanas de baja estipuladas por ley.

¿Puedes compartir la baja maternal con el padre?

Sí. Muchas trabajadoras por cuenta propia prefieren incorporarse a su actividad antes de los 4 meses y quieren ceder el tiempo restante al padre de su hijo.  Sin embargo, la ley establece las seis primeras semanas como tiempo mínimo obligatorio de baja maternal para la recuperación del parto. A partir de ahí, el resto puede disfrutarlo tu pareja.

También te puede interesar los derechos que tienes durante el embarazo, como baja por embarazo de riesgo o enfermedad común.

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Esperamos haberte ayudado en todo lo relativo a la baja maternal de las trabajadoras autónomas.

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